Auto Supremo AS/0324/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0324/2013-RRC

Fecha: 06-Dic-2013

En el caso de autos, la parte recurrente alega que, antes del inicio de la


En el caso de autos, la parte recurrente alega que, antes del inicio de la audiencia de juicio oral, su abogado formuló recusación contra el Tribunal Segundo de Sentencia, en cuyo mérito el secretario reconoció la presentación del respectivo escrito, añadiendo que no se encontraba presente el abogado que interpuso el incidente; es así, que el Tribunal rechazó su pretensión por la ausencia de su defensor y por la presentación extemporánea de la recusación, lo que no era evidente, ya que estaba amparada en una causal sobreviniente. Con estos antecedentes, el imputado sostiene que la recusación debió estar sujeta al trámite legal previsto por los arts. 320 inc. 1) y 321 ambos del CPP; empero, el Tribunal de alzada convalidó la ilegal determinación del Tribunal de Sentencia, en contradicción con el Auto Supremo 277-A de 9 de marzo de 2007