Auto Supremo AS/0735/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0735/2013

Fecha: 05-Dic-2013

CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso por pago de salario y beneficios sociales, la Juez

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
Auto Supremo Nº 735
Sucre, 05/12/2013
Expediente: 420/2013-S
Distrito: Oruro
Magistrado Relator: Antonio G. Campero Segovia
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 166 a 169 interpuesto por Alejandro Edgar Valverde Garrón, en representación de Laboratorios Farmacéuticos LAFAR S.A., contra el Auto de Vista AV-SSA-100/2013 de 31 de julio de 2013 (fs. 157 a 163 vta.), pronunciado por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro el proceso social que sigue Roberto Carlos Samur Barrenechea, contra Laboratorios Farmacéuticos LAFAR S.A.; la respuesta de fs. 172 a 173; el Auto de fs. 174 que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y
CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso por pago de salario y beneficios sociales, la Juez de Partido Segundo del Trabajo y Seguridad Social de Oruro, emitió la Sentencia Nº 0182/2012 de fecha 20 de diciembre de 2012 (fs. 129 a 133 vta.), declarando probada la demanda de fs. 14-15, con costas e improbada referente al pago de vacaciones 2010-2011 y 2011-2012, la prima de la gestión 2011 y la excepción de falta de acción y derecho interpuesta por la empresa demandada, disponiendo que el personero legal de la empresa cancele a favor del actor la suma de Bs. 45.586,45.- (cuarenta y cinco mil quinientos ochenta y seis 45/100 bolivianos) por concepto de desahucio, indemnización, aguinaldo duodécimas, sueldo devengado y vacaciones, suma que deberá ser cancelada dentro de tercero día de ejecutoriada dicha resolución; sin perjuicio que en ejecución de sentencia se aplique lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto Supremo Nº 28699 de 1 de mayo de 2006