Auto Supremo AS/0735/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0735/2013

Fecha: 05-Dic-2013

Manifestó también vulneración a lo establecido por el artículo 202 del Código Procesal del Trabajo,

Manifestó también vulneración a lo establecido por el artículo 202 del Código Procesal del Trabajo, porque las pruebas deben ser compulsadas de forma conjunta, en relación de que la sentencia debe recaer sobre la base de todos los puntos litigados, ya que si bien el artículo 169 del Adjetivo Laboral otorga fe probatoria a dos o más declaraciones uniformes, dicha fe probatoria no se constituye en una verdad absoluta, ultima e irrefutable, por ello se entiende que los jueces deben valorar de forma global todas las demás pruebas presentadas, lo que no se habría hecho en sentencia y se ratificó en el Auto de Vista