Auto Supremo AS/0758/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0758/2013

Fecha: 24-Dic-2013

Por todo lo expuesto, corresponde resolver el caso conforme prescriben los artículos 271

Por todo lo expuesto, corresponde resolver el caso conforme prescriben los artículos 271. 3) y 275 del Código de Procedimiento Civil, aplicables por la norma remisiva contenida en los artículos 633 del Reglamento del Código de Seguridad Social y 15 del Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y Adquisición aprobado por Resolución Secretarial Nº 10.0.0.087 de 21 de julio de 1997