Auto Supremo AS/0775/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0775/2013

Fecha: 24-Dic-2013

Así también, reclamó que el Auto de Vista incurrió en error de hecho y de

Así también, reclamó que el Auto de Vista incurrió en error de hecho y de derecho, ya que la prueba aportada consistente en los formularios de pago de la deuda (formulario 1000), que a decir del artículo 54 de la Ley Nº 2492 no pueden ser rechazados por la administración tributaria, ya que también cursan en obrados documentos de la misma administración que reconocen que se realizaron los pagos y la propia Resolución Sancionatoria 15-123/08 donde, no existe obligación material sólo dispone la aplicación de la sanción