Auto Supremo AS/0775/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0775/2013

Fecha: 24-Dic-2013

CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso de casación en la forma y en el

Finalmente solicitó que el Tribunal Supremo de Justicia pronuncie Auto Supremo casando el Auto de Vista recurrido y deliberando en el fondo declare probada la demanda disponiendo la nulidad del procedimiento sancionatorio por no haberse considerado el pago efectuado.
CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso de casación en la forma y en el fondo, revisados los antecedentes del proceso y conforme a la normativa aplicable en la materia se tiene:
Resolviendo en la forma, en relación con la falta de pronunciamiento del Tribunal Ad quem, sobre el pago de la deuda tributaria correspondiente al Impuesto a las Transacciones (IT) periodo julio/2004 así como si para ello se pagó o no la deuda antes de la notificación con la Resolución Sancionatoria; se advierte que el Auto de Vista ahora impugnado pronunciándose al respecto, fundamentó su decisión, en referencia a la Resolución Sancionatoria Nº 15-123/08 de 13 de octubre de 2008 y el incumplimiento de pago de la deuda autodeterminada por el contribuyente, confirmando de tal forma lo dispuesto por el a quo, no resultando evidente de tal manera la falta de pronunciamiento al respecto reclamada