Auto Supremo AS/0786/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0786/2013

Fecha: 24-Dic-2013

En cuanto a que en el Certificado de Defunción de Mario Mariaca Vargas, se señalaría

En cuanto a que en el Certificado de Defunción de Mario Mariaca Vargas, se señalaría a Juan Carlos Mariaca Mamani, como la persona que pidió su inscripción; dicha aseveración si bien resulta evidente -tal cual se dijo anteriormente-, debe ser compulsada con los demás elementos contenidos en el proceso; de tal manera, en contraste con la Resolución recurrida en casación, permite apreciar que el Tribunal de Alzada, efectuó expreso reconocimiento a que el causante, adicionalmente a los 3 hijos engendrados con su esposa Irma Gironda Gutiérrez, tuvo 2 hijos con Domitila Mamani Ordoñez; de tal manera, no resulta incongruente, ni un hecho alejado de la realidad, que ante la emergencia del fallecimiento, en el caso, de Mario Mariaca Vargas, uno de sus descendientes más allá de su origen, por el hecho mismo de su calidad de hijo, solicite la inscripción de defunción de su padre; no constituyendo prueba plena e irrefutable que ante dicho pago, se haya operado el periodo de dos años, al que refiere el artículo 34 del Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y Adquisición