Auto Supremo AS/0786/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0786/2013

Fecha: 24-Dic-2013

Recurso de casación en el fondo interpuesto por el SENASIR (fs

Recurso de casación en el fondo interpuesto por el SENASIR (fs. 245 a 247). En el cual, después de realizar un resumen de los antecedentes referidos a la otorgación de la Renta Básica del causante Sr. Mario Mariaca Vargas, su otorgación de la Renta Complementaria, los informes emitidos por la Trabajadora Social signados con los Nos. 276/09 de 9 de noviembre y 522/2010 de 11 de noviembre; refirió que el SENASIR pudo establecer que el causante, en los últimos dos años no concubinó con la solicitante de la Renta de viudedad, situación que se encuentra demostrada con su Cédula de Identidad, que establece como último domicilio la zona Villa Mercedes de la ciudad de el Alto, residencia en la cual habitaba también la Sra. Domitila Mamani Ordoñez, conforme se establece en el informe social; que si bien, se encuentra registrado el matrimonio de Mario Mariaca Vargas con Irma Gironda Gutiérrez -solicitante de la renta-, en la Oficialía de Registro Civil Nº 3, Folio 89, partida 294, con fecha de inscripción del matrimonio el 12 de marzo de 1996 (fs. 255), concibiendo tres hijos, esta situación no desvirtúa que el causante haya concubinado con la Señora Domitila Mamani Ordóñez, con la que también procreó dos hijos, lo que demuestra que la conducta de la derechohabiente se acomoda en el artículo 34 del Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y Adquisición, al establecerse la separación en forma libremente consentida y continuada por más de dos años, así como la existencia de otra concubina, por lo que la impetrante no tiene derecho a la renta de viudedad