Por memorial presentado el 26 de octubre de 2012, que cursa de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO Nº 013/2013-RRC
Sucre, 6 de febrero de 2013
Expediente : Potosí 61/2012
Parte acusadora : Ministerio Público y Teodoro Rueda Vásquez
Parte imputada : Gregorio Felipe Jarro y Betty Lima Choque
Delitos : Incumplimiento de Deberes y otros
Magistrado Relator : Dr. Pastor Segundo Mamani Villca
RESULTANDO
Por memorial presentado el 26 de octubre de 2012, que cursa de fs. 211 a 213, Betty Lima Choque interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 40 de 11 de octubre de 2012, de fs. 198 a 200 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Teodoro Rueda Vásquez en representación del Gobierno Municipal de Pocoata, Tercera Sección de la provincia Chayanta del Departamento de Potosí, contra la recurrente y otro, por los delitos de Incumplimiento de Deberes, Conducta Antieconómica y Peculado, previstos y sancionados por los arts. 154, 224 y 142 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO Nº 013/2013-RRC
Sucre, 6 de febrero de 2013
Expediente : Potosí 61/2012
Parte acusadora : Ministerio Público y Teodoro Rueda Vásquez
Parte imputada : Gregorio Felipe Jarro y Betty Lima Choque
Delitos : Incumplimiento de Deberes y otros
Magistrado Relator : Dr. Pastor Segundo Mamani Villca
RESULTANDO
Por memorial presentado el 26 de octubre de 2012, que cursa de fs. 211 a 213, Betty Lima Choque interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 40 de 11 de octubre de 2012, de fs. 198 a 200 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Teodoro Rueda Vásquez en representación del Gobierno Municipal de Pocoata, Tercera Sección de la provincia Chayanta del Departamento de Potosí, contra la recurrente y otro, por los delitos de Incumplimiento de Deberes, Conducta Antieconómica y Peculado, previstos y sancionados por los arts. 154, 224 y 142 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 26 de octubre de 2012, que cursa de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, ambos imputados formularon recursos de apelación restringida, conforme las actuaciones de
- Por memoriales cursantes de fs
- Del memorial que cursa de fs. 211 a 213, se extraen los siguientes motivos
- Citando los arts
- Arguye que, el Auto de Vista impugnado no advirtió el cumplimiento de la Ley ya
- prueba e indicando con claridad la no existencia de elementos de los tipos penales acusados
- Señala que, el recurso de apelación restringida deducido no es genérico sino específico, puntual sobre
- La recurrente impetra la admisión del recurso para que este Tribunal valorando y compulsado lo
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de
- conformidad con el art
- Antes de ingresar al fondo del recurso de casación formulado por la imputada Betty Lima
- En la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia, este derecho se encuentra reconocido en
- De otra parte, cabe señalar que en virtud del principio pro actione, la doctrina y
- Ahora bien, ello no implica desconocer las diferentes posibilidades de organización de los distintos órdenes
- Debe tenerse en cuenta, que el establecimiento de estas formas en la norma procesal penal
- Precisado como fuera precedentemente el ámbito de análisis del presente recurso, se tiene de la
- disposiciones legales válidas o erróneamente aplicadas, ni señaló cuál la aplicación pretendida, limitándose a indicar
- Ahora bien, teniendo en cuenta las disposiciones contenidas en el art
- En consecuencia, habiendo correspondido a la citada Sala como Tribunal de apelación, el control de
- Por lo expuesto, al estar demostrado que la decisión asumida en el impugnado Auto de
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
