Consiguientemente, siendo evidente en parte las infracciones de las disposiciones acusadas en el recurso, corresponde
Consiguientemente, siendo evidente en parte las infracciones de las disposiciones acusadas en el recurso, corresponde aplicar lo establecido en los artículos 271. 4) y 274. II del Código de Procedimiento Civil, aplicables por la permisión del artículo 252 del Código Procesal del Trabajo
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- En grado de apelación interpuesto por ambas partes (fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación de fs
- Asimismo, acusó que en la Sentencia y en el Auto de Vista no se realizó
- También, acusó error de apreciación en cuanto a los contratos porque no fijaron un salario
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia case la Sentencia y el Auto de
- CONSIDERANDO II: No obstante que el recurso denota una falta de técnica jurídica y cumplimiento
- Ahora bien, en cuanto a la controversia traída en casación para establecer si en el
- A lo anotado, debe agregarse que por la suscripción de más de dos contratos a
- Por lo señalado y considerando también el principio protector de la "primacía de la realidad"
- En cuanto a la multa del 30% impuesta en el Auto de Vista, estando establecido
- Consiguientemente, siendo evidente en parte las infracciones de las disposiciones acusadas en el recurso, corresponde
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución
- Sin responsabilidad de multa por ser excusable
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