Auto Supremo AS/0086/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0086/2013-RRC

Fecha: 28-Mar-2013

Auto de Vista al resolver la denuncia de errónea o indebida aplicación de la ley

En ese ámbito, revisada la Resolución impugnada, cuyos argumentos de manera resumida están contenidos en el acápite II.3. de la presente Resolución, permite afirmar que el Auto de Vista impugnado no realizó una nueva valoración de la prueba desfilada en el juicio oral, ni determinó nuevos hechos, como erradamente se sostiene en el presente recurso, ya que la conclusión que transcribe la recurrente y que en su criterio constituiría una actividad de revalorización de la prueba, no le corresponde al Tribunal de apelación sino al Juez de Sentencia, que fue transcrita en el
Auto de Vista al resolver la denuncia de errónea o indebida aplicación de la ley sustantiva, para explicar que la declaratoria de absolución a favor de los imputados se originó en la falta de suficiente prueba, por lo que no podía alegarse una errónea o indebida aplicación de la ley sustantiva. Enese mismo sentido, no es evidente que el Tribunal de alzada, haya sostenido como denuncia la recurrente, que las pruebas resultaban insuficientes para acreditar que los imputados cometieron los delitos acusados, sino que a partir de esta conclusión arribada por el Juez de Sentencia y ejerciendo la labor de control que la norma procesal penal le reconoce, estableció que aquella junto a otras, constituían apreciaciones asumidas luego del análisis integral de las pruebas conforme el art. 173 del CPP