Auto Supremo AS/0086/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0086/2013-RRC

Fecha: 28-Mar-2013

De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente

I.2. Admisión del recurso
Mediante Auto Supremo 048 /2013-RA de 1 de marzo, cursante de fs. 150 a 152, se admitió el recurso de casación en observancia del art. 418 del CPP, con expresa mención de que el análisis de fondo abarcaría únicamente a la verificación de la contradicción respecto del Auto Supremo 450 de 19 de agosto de 2004.



II. ACTUACIONES PROCESALES VINCULADAS AL RECURSO
De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente:
II.1. Dentro del proceso penal seguido por Betzi Carmen Enríquez Balderrama de Pérez contra Amilcar Ocampo Ledezma, Elsa Corina Pedraza Vda. de Quiroga, Edward Antezana Pedrazas, Nancy Olivera de Ordoñez y Anabel Hinojosa de Brosovich, por la comisión de los delitos de Difamación, Calumnia e Injuria, previstos y sancionados por los arts. 282, 283 y 287 del CP, el Juez Segundo de Sentencia de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, declaró a los imputados, absueltos de pena y culpa de la comisión de los delitos acusados, conforme lo dispuesto por el art. 363 inc. 2) del CPP, en razón a que la prueba de cargo fue insuficiente para generar convicción sobre la responsabilidad penal