Auto Supremo AS/0086/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0086/2013-RRC

Fecha: 28-Mar-2013

Sobre la inobservancia y errónea aplicación de la ley sustantiva, correspondía a la acusadora demostrar

II.3. Por Auto de Vista 09 de 17 de septiembre de 2012, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, resolvió el recurso de apelación restringida declarándolo improcedente y confirmando la Sentencia pronunciada por el Juez Segundo de Sentencia de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, basándose en los siguientes fundamentos:
Sobre la inobservancia y errónea aplicación de la ley sustantiva, correspondía a la acusadora demostrar en el juicio que los imputados cometieron los delitos acusados, por corresponderle la carga de la prueba, conforme lo dispone el art. 6 del CPP. En el caso, el Juez pronunció Sentencia absolutoria en previsión del art. 363 inc. 2) del CPP, entendiendo que la prueba aportada no era suficiente para generar convicción sobre la responsabilidad penal de los imputados en el hecho acusado, transcribiendo la conclusión del Juez a quo contenida en la fundamentación descriptiva y analítica, añadiendo que por ello mal podía alegarse la inobservancia o errónea aplicación de la ley sustantiva que prevé el art. 370 inc. 1) del CPP, conclusión que no era contradictoria, por el contrario, constituían apreciaciones realizadas luego de haber analizado integralmente la prueba desfilada en la audiencia de juicio