Auto Supremo AS/0086/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0086/2013-RRC

Fecha: 28-Mar-2013

Respecto al reclamo de defecto de sentencia, previsto por el inc

Respecto al reclamo de defecto de sentencia, previsto por el inc. 4) del art. 370 del CPP, referido a que la Sentencia se basó en medios o elementos probatorios no incorporados legalmente al juicio o por su lectura, en aplicación de la doctrina legal aplicable sentada por el Tribunal Supremo de Justicia mediante Auto 115 de 31 de enero de 2007, sostuvo que la acusadora no efectuó reclamo alguno con relación a las pruebas documentales que fueron introducidas a la audiencia de juicio, ni respecto a los "órganos de prueba"; menos efectuó reserva de recurrir para habilitarse a la ulterior apelación restringida conforme se evidencia del acta de registro de juicio oral, por lo que al no haber obrado la apelante conforme a la doctrina legal aplicable su impugnación resultaba carente de mérito