CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación, para su resolución es
Acusa también error de hecho y de derecho en la apreciación de la prueba.
Concluye el memorial, solicitando “…CASAR el Auto de Vista recurrido y declare improbada la demanda” (Sic.)
CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación, para su resolución es menester realizar las siguientes consideraciones:
Que, en el caso de autos, de la revisión de obrados y la prueba aportada al proceso, y los argumentos de la resolución recurrida, se llega a la convicción que el Tribunal Ad quem arribó a la valoración correcta de la prueba dentro de los postulados del derecho laboral. A saber, que la valoración de la prueba corresponde exclusivamente a los de instancia, que consiste en la actividad que se realiza para determinar la efectividad de la actividad probatoria de las partes, es decir, determinar si efectivamente los medios propuestos y rendidos por las partes fueron idóneos y realmente llevaron a la convicción de ser ciertos los hechos alegados.
La reflexión que realiza el Tribunal de apelación respecto de la prueba aportada en el proceso está intrínsecamente relacionada a una serie de enunciados básicos que comprenden o contemplan un conjunto definido de situaciones y que resultan más generales que las normas en el derecho laboral, ya que precisamente sirven para inspirarlas y entenderlas o interponerlas
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Primero de Partido de Trabajo y
- Que, contra el referido Auto de Vista, el Gral
- Manifiesta que, el artículo 43 de la Constitución Política del Estado concordante con la Ley
- El Auto de Vista de fecha 6 de noviembre de 2008 es atentatorio a los
- Refiere que, el Auto de Vista recurrido no consideró lo establecido en la Ley Nº
- CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación, para su resolución es
- Estos enunciados denominados principios de sana crítica y racionalidad, tienen una conexión armónica con la
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- Con referencia a la acusación que el Auto de Vista de 06 de noviembre de
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- Por otra parte, el artículo 1 del Decreto Ley Nº 38, dispone: “Los obreros o
- De lo que se infiere que el contexto del Decreto Ley Nº 38 de 7
- De lo precedentemente expuesto, resultan injustificables los argumentos de fondo y de forma acusados como
- REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE
- Ante mí: Abog. Soraya Ortega Aparicio. Secretaria de Sala Social y Administrativa Liquidadora
