Que, el inciso f) del artículo 41 de la Ley 2027 señala que el retiro
Que, el inciso f) del artículo 41 de la Ley 2027 señala que el retiro podrá producirse “por destitución como resultado de un proceso disciplinario con responsabilidad por la función pública o proceso judicial con sentencia ejecutoriada”, del texto transcrito se infiere que, para destituir al trabajador necesariamente deberá ser sometido a proceso disciplinario interno por faltas cometidas en el ejercicio de sus funciones siempre y cuando el resultado del mismo determine la culpabilidad del trabajador, o según amerite el caso, con Sentencia ejecutoriada previo proceso judicial por hechos ilícitos en el ejercicio de sus funciones; en el caso en análisis si bien cursa a fojas 31 a 36 y vuelta Sentencia ejecutoriada en contra del trabajador Edilberto Lotore Mopi, es a consecuencia de la comisión de delitos en el ejercicio de la dirigencia sindical, delitos que directamente ocasionaron daño y perjuicio al Sindicato de Trabajadores Municipales de la Honorable Alcaldía Municipal de Trinidad; no fueron cometidos en el desempeño de funciones propias del trabajador designadas por el empleador
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Primero de Partido de Trabajo y
- Que, contra el referido Auto de Vista, el Gral
- Manifiesta que, el artículo 43 de la Constitución Política del Estado concordante con la Ley
- El Auto de Vista de fecha 6 de noviembre de 2008 es atentatorio a los
- Refiere que, el Auto de Vista recurrido no consideró lo establecido en la Ley Nº
- CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación, para su resolución es
- Estos enunciados denominados principios de sana crítica y racionalidad, tienen una conexión armónica con la
- Los medios de prueba de manera general son iguales en los distintos procesos como son
- Con referencia a la acusación que el Auto de Vista de 06 de noviembre de
- Que, el inciso f) del artículo 41 de la Ley 2027 señala que el retiro
- Por otra parte, el artículo 1 del Decreto Ley Nº 38, dispone: “Los obreros o
- De lo que se infiere que el contexto del Decreto Ley Nº 38 de 7
- De lo precedentemente expuesto, resultan injustificables los argumentos de fondo y de forma acusados como
- REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE
- Ante mí: Abog. Soraya Ortega Aparicio. Secretaria de Sala Social y Administrativa Liquidadora
