En aplicación del art
En aplicación del art. 17.IV de la LOJ, por Secretaría de Sala, comuníquese el presente Auto Supremo al Consejo de la Magistratura
- De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, el imputado (fs
- De los recursos de casación y del Auto Supremo 077/2013-RA de 22 de marzo, se
- Con ese antecedente, argumenta que el Auto de Vista impugnado no absolvió los cuestionamientos de
- Refiere también, que la Sentencia no tomó en cuenta las circunstancias del hecho, la gravedad
- Como consecuencia de lo anterior, señala que existe falta de motivación del Auto de Vista
- En esa línea, sostiene que si el Tribunal de Sentencia, llegó a la conclusión que
- Con dichos antecedentes, denunció la concurrencia de defectos absolutos (art
- Con los argumentos supra consignados, ambas recurrentes solicitan se declaren fundados los recursos de casación
- Mediante Auto Supremo 077/2013-RA de 22 de marzo, este Tribunal declaró admisibles ambos recursos de
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se tiene lo siguiente
- b) De la prueba documental de cargo "Mp-PD-3" y la testigo Felicia Menchaca Castro, corroborada
- c) El Tribunal de Sentencia con la mención de la importancia del derecho a la
- d) Que nadie puede hacerse justicia por mano propia como ocurrió en el presente caso;
- e) El imputado, fue encontrado y aprehendido en flagrancia en el mismo lugar después de
- f) Se tiene acreditada la calidad de cónyuge del imputado en relación a la víctima,
- i) De acuerdo a los antecedentes y las testimoniales recibidas, se tiene que todo tuvo
- ii) También se tomó en cuenta para imponer la atenuante establecida en el art
- II.2. Apelación restringida y su Resolución
- Notificadas las partes con tal determinación, el imputado Ignacio Menchaca Arancibia, interpuso el recurso de
- Denunciaron errónea aplicación de los arts
- Que la valoración que se le asignó a la pericia psiquiátrica por parte del Tribunal
- El art
- Ambos recursos, merecieron el pronunciamiento del Auto de Vista de 63/2013 de 22 de febrero,
- III.1. De los precedentes contradictorios invocados
- falta de fundamentación del Auto de Vista impugnado, invocó el Auto Supremo 326/2012 de 12
- Auto Supremo 437 de 24 de agosto de 2007: "Que es una premisa consolidada que
- La falta de fundamentación en las resoluciones jurisdiccionales constituye un defecto absoluto, porque afecta al
- La jurisprudencia penal tiene sentada una línea con respecto a la falta de fundamentación en
- Auto Supremo 141 de 22 de abril de 2006: "Que el Tribunal de Apelación debe
- Que los defectos absolutos no son susceptibles de convalidación, no así los defectos relativos los
- Auto Supremo 241 de 27 de junio de 2002: "Que la revisión de oficio a
- En cuanto a la aplicación del art
- Que, por lo expuesto se concluye la inexistencia de un fallo dictado conforme a Ley,
- De la revisión de la doctrina legal establecida en el presente Auto Supremo, se evidencia
- Auto Supremo 47 de 27 de enero de 2007: "Mientras el derecho a la tutela
- Así, el derecho al recurso judicial efectivo es una garantía de control de los decisorios,
- La representante del Ministerio Público invocó el Auto Supremo 453 de 17 de septiembre de
- III.2.1. Determinación de la pena
- La doctrina internacional con autores como Eugenio Raúl Zafaroni en su obra Manual de Derecho
- En el caso del marco penal del delito de asesinato, el legislador estableció como sanción
- Al respecto, relacionado al tema analizado y por la importancia del caso, corresponde acudir a
- Desglosado el mencionado precepto, se puede establecer que contiene por un lado las conversiones de
- Ahora bien, considerando la pena prevista para el delito de asesinato, se establece que este
- Con ese fundamento, el juez o tribunal que fija una pena tiene la obligación de
- Así, sintetizadas las denuncias traídas en casación, por la representante del Ministerio Público y la
- Efectuada esta precisión que delimita el ámbito de análisis por parte de este Tribunal, a
- En principio el Tribunal de alzada, con la inicial referencia a la naturaleza y requisitos
- Posteriormente, con la transcripción de los arts
- Además, haciendo una referencia a los fines que persigue la pena y la actividad que
- Resumidos como fueron los argumentos expuestos en el Auto de Vista ahora impugnado, corresponde a
- Al respecto, y por la importancia del caso, corresponde recordar que el art
- Para orientar mejor la presente Resolución, y para entender las razones que han motivado la
- Además, siempre en el marco de la Ley de Ejecución de Penas, corresponde señalar que
- referidos a la correcta fundamentación de las resoluciones y al deber de responder a los
- doctrina legal aplicable
- La extinta Corte Suprema de Justicia, como el Tribunal Supremo de Justicia, han sentado su
- Resulta innegable que, el Tribunal Supremo de Justicia, mediante sus Salas Penales, en ejercicio de
- Con ese antecedente, esta Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, considera necesaria superar
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
