Auto Supremo AS/0113/2013-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0113/2013-RA

Fecha: 22-Abr-2013

En un segundo motivo, la recurrente aduce que la Sentencia fue insuficiente, así de contener

Con esa introducción plantea como primer motivo de su recurso, la afirmación que la Sentencia 06/2012 de 24 de febrero, declara absuelto al imputado bajo el argumento de que la prueba aportada no fue suficiente para generar en el Tribunal convicción sobre la responsabilidad penal, contravendría lo previsto en el inc. 2) del art. 363 del CPP, dado que la labor del Tribunal se circunscribe específica y únicamente a valorar los elementos de prueba que hayan sido introducidos en juicio oral, más no dar valor probatorio a documentación


que no hubiera sido introducida u ofrecida en el trámite penal, con ello refiere en su caso particular que los Tribunales de sentencia y alzada a su turno, señalaron que para demostrar la culpabilidad del imputado debió haberse comprobado por medio de informes acreditando que la víctima fue objeto de los daños físicos relatados en las acusaciones; sin embargo, aquellos certificados no fueron ofrecidos por ninguna de las partes. Concluye, este punto indicando que aquel acto vulneró el art. 115 de la CPE, y el art. 363 del CPP, estableciendo la existencia de defecto absoluto inscrito en el "...art. 169 num. 3) de la Constitución Política del Estado" (sic)
En un segundo motivo, la recurrente aduce que la Sentencia fue insuficiente, así de contener los defectos previstos en los incs. 5), 6) y 11) del art. 370 del CPP, pues se basó en una defectuosa valoración de la prueba, como también la existencia de contradicción entre la consideración del Tribunal de afirmar que "...probablemente ha ocurrido el hecho punible..." (sic) y la resolución de absolver al imputado; a la par arguye que, se inobservaron las reglas de congruencia entre la sentencia y la acusación y que todas estas situaciones fueron convalidadas por el Tribunal de alzada. En este motivo la recurrente no invoca o cita precedente contradictorio alguno