Bajo estas premisas, se concluye que el Auto de Vista objeto del recurso de casación
Bajo estas premisas, se concluye que el Auto de Vista objeto del recurso de casación se ajusta a las normas legales en vigencia, no se observa violación a norma legal alguna, correspondiendo resolver el mismo de acuerdo a los artículos 271. 2) y 273 del Código de Procedimiento Civil aplicables, por la permisión del artículo 252 del Código Procesal del Trabajo
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- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia en aplicación de la Constitución Política del
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- No se convoca a un tercer Magistrado en virtud a lo establecido en la Sentencia
- Firmando: Dra. Norka N. Mercado Guzmán
- Dr. Antonio G. Campero Segovia
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