Puntualiza que en aplicación del artículo 32 inciso c) del Decreto Ley Nº 10173, la
Puntualiza que en aplicación del artículo 32 inciso c) del Decreto Ley Nº 10173, la entidad coactivada puede presentar los reclamos que pudieran favorecerle, oponiendo las aludidas excepciones, conforme consta en los fundamentos que cursan a fojas 230 a 233 referidos a:
1.La ilegalidad del cargo de compensación de vacaciones no usadas, que se cancelan cuando los trabajadores no usan de ese beneficio y que no forma parte del salario mensual
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso coactivo social, la Jueza de Partido Primero de Trabajo
- En grado de apelación deducido por la Caja de Salud de la Banca Privada, mediante
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- Puntualiza que en aplicación del artículo 32 inciso c) del Decreto Ley Nº 10173, la
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- CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación, para su resolución es
- El alcance de estas cotizaciones comprenden también sin ninguna excepción las remuneraciones especiales pagadas por
- Por lo referido, queda fuera de duda que se hubiese realizado un cobro indebido de
- Que, en el marco legal descrito, el Auto de Vista recurrido, no incurrió en transgresión,
- REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE
- Ante mí: Abog. Soraya Ortega Aparicio. Secretaria de Sala Social y Administrativa Liquidadora
