Auto Supremo AS/0183/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0183/2013

Fecha: 11-Abr-2013

Que, en el marco legal descrito, el Auto de Vista recurrido, no incurrió en transgresión,


Que, en el marco legal descrito, el Auto de Vista recurrido, no incurrió en transgresión, violación o errónea aplicación de las normas, ni en la interpretación errónea y aplicación indebida de la Ley como se acusó en el recurso de fojas 271 a 278 y vuelta, correspondiendo, en consecuencia, aplicar el artículo 273 del Código de Procedimiento Civil, con la facultad remisiva del artículo 633 del Reglamento del Código de Seguridad Social