Auto Supremo AS/0214/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0214/2013

Fecha: 26-Abr-2013

Por otro lado también señaló que se había permitido un acto reivindicatorio, cuando el origen

Por otro lado también señaló que se había permitido un acto reivindicatorio, cuando el origen del derecho propietario de la parte actora estaría viciado por una seria de faltas procesales, como es el hecho de no haberse, notificado a todos los acreedores hipotecarios, en el proceso ejecutivo del cual emerge el derecho propietario de la parte actora; al respecto, manifestar que confusamente el recurrente funda su recurso de casación, en situaciones que se habrían suscitado en un proceso ejecutivo, ajeno al presente proceso, del cual emerge el derecho de la parte actora, sin haber reparado que el presente, versa sobre acción reivindicatoria del inmueble precisamente poseído por el recurrente, siendo la entidad demandante la que ha demostrado el derecho que le asiste, para pedir la restitución del indicado inmueble, con las literales cursantes de fs.49 a 54 y vlta., y 55 a 56 y debidamente registrado bajo la matrícula computarizada 4011010004597,así como también se encuentra demostrado que el recurrente es quien posee el inmueble objeto de litigio