Auto Supremo AS/0136/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0136/2013-RRC

Fecha: 20-May-2013

Previa radicada de la causa, la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de

II.2. Del Auto de Vista impugnado
Efectuada la notificación con la Sentencia, la acusadora particular interpuso recurso de apelación restringida, alegando: 1) Fundamentación insuficiente y contradictoria, art. 370 inc. 5) del CPP; y, 2) Defectos absolutos por valoración defectuosa de la prueba, art. 370 inc. 6) del CPP.
Previa radicada de la causa, la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, resolvió el recurso mediante Auto de Vista 12/2013 de 16 de enero, de la siguiente manera: con relación a la primera denuncia relativa a que la fundamentación de la Sentencia es insuficiente y contradictoria porque se exigió certificado médico forense pese a que lo juzgado fue Abuso Deshonesto y no Violación; el Tribunal de alzada asumió que dicha afirmación es evidente, ya que el Tribunal de Sentencia extrañó el certificado médico; sin embargo, también afirmó que "probablemente podía haber existido el hecho de abuso deshonesto empero también concluye que no existe prueba suficiente e idónea que vincule al imputado como autor del hecho" (sic), lo que conllevó a la aplicación del principio in dubio pro reo; también refirió en el punto quinto de la Sentencia inc. a) que producto de las salidas del menor con su padre retornaba al hogar con moretones y lesiones, aspectos que debieron comprobarse con certificados médicos, no existiendo por lo tanto contradicción entre los hechos acusados y juzgados; en ese sentido, el Tribunal de apelación estableció que al dictarse sentencia se valoró la prueba de modo integral conforme a las previsiones del art. 359 del CPP