VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
Auto Supremo Nº 236
Sucre, 13/05/2013
Expediente: 79/2013-A
Distrito: La Paz
Magistrado Relator: Antonio G. Campero Segovia
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 148-151, interpuesto por el Servicio Nacional del Sistema de Reparto – SENASIR por intermedio de su representante legal Juan Edwin Mercado Claros, contra el Auto de Vista Nº 136/12 de 6 de noviembre de 2012 de fs. 145-146, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro el proceso de reclamación seguido por Nancy Gladys Alarcón Vda. de Romero, derechohabiente del titular Carlos Romero Callisaya contra la entidad recurrente; la respuesta de la parte contraria cursante a fs. 155-156; el Auto que concedió el recurso de fs. 157; los antecedentes del proceso y:
CONSIDERANDO I
Auto Supremo Nº 236
Sucre, 13/05/2013
Expediente: 79/2013-A
Distrito: La Paz
Magistrado Relator: Antonio G. Campero Segovia
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 148-151, interpuesto por el Servicio Nacional del Sistema de Reparto – SENASIR por intermedio de su representante legal Juan Edwin Mercado Claros, contra el Auto de Vista Nº 136/12 de 6 de noviembre de 2012 de fs. 145-146, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro el proceso de reclamación seguido por Nancy Gladys Alarcón Vda. de Romero, derechohabiente del titular Carlos Romero Callisaya contra la entidad recurrente; la respuesta de la parte contraria cursante a fs. 155-156; el Auto que concedió el recurso de fs. 157; los antecedentes del proceso y:
CONSIDERANDO I
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs
- I. 1. Antecedentes con relevancia jurídica
- Ante el recurso de reclamación por parte de la derechohabiente (fs
- En recurso de apelación deducido por la derechohabiente, (fs
- En el fondo
- Finalmente denunció vulneración del artículo 253 del Código de Procedimiento Civil, porque el Auto de
- En la forma
- Concluyó solicitando, tanto para el recurso de casación en la forma como en el fondo,
- Respecto al recurso de casación en la forma
- En relación al recurso de casación en el fondo
- En ese sentido, siendo que el testimonio cursante a fs
- Al respecto, se debe considerar que la violación grave y fraudulenta de las formalidades previstas
- En cuanto a la necesidad que la derechohabiente comunique al SENASIR los cambios respecto a
- Por todo lo expuesto, se concluye que el Auto de Vista recurrido no transgrede ni
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud de
- Sin costas en aplicación de los artículos 39 de la Ley Nº 1178 (Ley SAFCO)
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
