Auto Supremo AS/0237/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0237/2013

Fecha: 13-May-2013

I. Antecedentes con relevancia jurídica

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
Auto Supremo Nº 237
Sucre, 13/05/2013
Expediente: 63/2013-A
Distrito: La Paz
Magistrado Relator: Antonio G. Campero Segovia



VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 96-99, interpuesto por el Servicio Nacional del Sistema de Reparto- SENASIR, contra el Auto de Vista Nº 103/12 de 20 de agosto de 2012, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro el trámite de fusión de rentas de viudedad instaurado por María Luisa Mercado Vda. de Ardiles, contra el SENASIR; la respuesta de la parte contraria cursante a fs. 107-109; el Auto que concedió el recurso de fs. 110; los antecedentes del proceso, y:
CONSIDERANDO I:
I. Antecedentes con relevancia jurídica:
Que dentro del trámite de fusión de rentas de viudedad correspondiente a María Luisa Mercado Vda. de Ardiles, la Comisión de Calificación de Rentas del Servicio Nacional del Sistema de Reparto- SENASIR, mediante Resolución Administrativa Nº 0003524 de 23 de abril de 2009 (fs. 62-63), resolvió fusionar las Rentas de Viudedad del SENASIR y COSSMIL, en aplicación del artículo 63 del Manual de Prestación de Rentas en Curso de Pago y Adquisición de la Unidad de Recaudación, aprobado por la R.S. Nº 10.0.0.087/97 de 21/07/97, R.A. Nº 610.08 de 18/09/08 y R.A. Nº 084.09 de 16/04/09, disponiendo se procese una sola Boleta de Pago a favor de Mercado Gonzales María L., en el sector COSSMIL, quien figura en planillas de COSSMIL como Mercado Gonzales María, con matrícula 255130MGM, en la suma de Bs. 4.112,72.-