Auto Supremo AS/0237/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0237/2013

Fecha: 13-May-2013

Que así formulado el recurso de casación en el fondo y en la forma, se

CONSIDERANDO II:
II. 1. Fundamentación Jurídica:
Que así formulado el recurso de casación en el fondo y en la forma, se ingresa a resolver el mismo, atribuyéndonos el orden conforme consideramos hacerlo más didáctico, sin que ello signifique una violación del principio de congruencia, conforme los argumentos siguientes:
En cuanto al recurso de casación en la forma: De la revisión de los antecedentes; se tiene que, si bien resulta evidente que la parte recurrente en apelación no refiere de manera específica sobre los incrementos correspondientes a las gestiones 2001-2008 de ambas rentas (SENASIR Y COSSMIL), sin embargo el fallo recurrido se pronunció al respecto, disponiendo se incluya el importe de las dos rentas, tomando en cuenta los incrementos y beneficios dispuestos por el Gobierno, correspondientes a las gestiones 2001 hasta el 2008, en ambos sectores, actuación con la cual se habría vulnerado el artículo 254. 4) del Código de Procedimiento Civil, puesto que en su parecer el Auto de Vista Nº 103/12 de fs. 93-94 fue ultra petita, mereciendo en consecuencia el análisis respectivo