Auto Supremo AS/0241/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0241/2013

Fecha: 13-May-2013

Al respecto, el artículo 37 del Decreto Reglamentario a la Ley General del Trabajo, dispone:

Al respecto, el artículo 37 del Decreto Reglamentario a la Ley General del Trabajo, dispone: “La jornada ordinaria de trabajo podrá extenderse en la medida de lo indispensable, para evitar perjuicios en la marcha normal del establecimiento, para impedir accidentes o ejecutar arreglos o reparaciones impostergables en las maquinarias o instalaciones, o cuando sobrevenga caso fortuito”