Auto Supremo AS/0241/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0241/2013

Fecha: 13-May-2013

Bajo el marco normativo señalado, y siendo que las normas laborales son de cumplimiento obligatorio

Bajo el marco normativo señalado, y siendo que las normas laborales son de cumplimiento obligatorio y se interpretan y aplican bajo los principios de protección de las trabajadoras y de los trabajadores como principal fuerza productiva de la sociedad; de primacía de la relación laboral; de continuidad y estabilidad laboral; de no discriminación y de inversión de la prueba a favor de la trabajadora y del trabajador; más cuando los derechos laborales y beneficios sociales son irrenunciables e inembargables, conforme lo dispuesto por el artículo 48. I. II. III y IV de la Constitución Política del Estado; correspondía a la empresa demandada llevar un libro de registro para el cómputo de las horas extraordinarias de sus trabajadores, documento que ante una eventual controversia como la que se tramita, debe ser exhibido ante las autoridades administrativas o judiciales correspondientes a efectos de dirimir con justicia la controversia suscitada; máxime, si ante su omisión se tiene prevista la presunción del artículo 182. i) del Código Procesal del Trabajo, que establece: “La falta de presentación del libro a que se refiere el artículo 41 del Reglamento a la Ley General del Trabajo, hará presumir la existencia de horas extraordinarias trabajadas”