Auto Supremo AS/0166/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0166/2013-RRC

Fecha: 13-Jun-2013

Efectuada la anterior precisión, se tiene que el razonamiento empleado por el Tribunal de apelación

Efectuada la anterior precisión, se tiene que el razonamiento empleado por el Tribunal de apelación para revocar en parte dicha Sentencia y condenar a la imputada por la comisión del delito de Estafa, se fundó en una revalorización de la prueba conforme se extrae de los fundamentos contenidos en el Auto de Vista impugnado identificados en el acápite II.3 de la presente Resolución, pues la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, asume que la Sentencia se basó en prueba que no fue debidamente valorada porque el juez inferior no tomó en cuenta la existencia de pruebas físicas, documentales y testificales que demostraban la realidad de los acontecimientos ocurridos el 25 de mayo de 2009 en adelante, que evidencia –en criterio del Tribunal de alzada- la existencia de dolo en la conducta de la acusada. Asimismo, afirma que las pruebas presentadas por el querellante tenían suficiente eficacia probatoria en relación al delito de Estafa, situación que el juez inferior tampoco tuvo en cuenta y finalmente que la acusada tenía pleno conocimiento de la actitud ilícita que estaba realizando, porque de manera dolosa, con artificios y engaños, sonsacó la suma de $us. 3000.- al querellante, provocando un desplazamiento patrimonial en detrimento de la víctima; quedando demostrado con este elemento, el conocimiento cierto de la existencia y comprobación del delito de Estafa, previsto en el art. 335 del CP