Previa verificación de que el procesado en realidad fue legalmente notificado con la Sentencia de
Previa verificación de que el procesado en realidad fue legalmente notificado con la Sentencia de grado, el Tribunal de Sentencia remitió obrados ante la Sala Penal de turno para la resolución del Recurso de Apelación Restringida, procediéndose al sorteo informático de la causa que recayó nuevamente ante la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, que a través del Vocal Dr. Armando Pinilla Butrón, únicamente, devolvió obrados extrañando esta vez que tanto el informe por el que se evidenció la existencia de la notificación al procesado con la Sentencia así como la providencia por el que se dispuso la remisión de obrados, no habrían sido notificados a las partes procesales “para estar a derecho” (sic.), disponiendo así que previo cumplimiento de las omisiones extrañadas se proceda a un nuevo sorteo de Sala
- Que, la Sentencia condenatoria pronunciada por el Tribunal de Sentencia Cuarto de la Ciudad de
- CONSIDERANDO II: Que, a través del escrito cursante de fs
- Por otro lado, respecto a su Recurso de Casación, alegó que a razón de los
- En mérito de tales motivos, expresando que el Auto de Vista contradice a los precedentes
- CONSIDERANDO III: Que, previa la verificación de los requisitos de admisión del Recurso de Casación
- CONSIDERANDO IV: Que, ingresando a la verificación de la denuncia sobre los presuntos defectos absolutos
- Ahora bien, de la revisión de los antecedentes que conforman el legajo procesal se llega
- Previa verificación de que el procesado en realidad fue legalmente notificado con la Sentencia de
- Cumplidas las diligencias extrañadas el Tribunal de la causa volvió a remitir obrados ante la
- Los miembros de la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de
- Una vez efectivizada la devolución de obrados, la Sala Penal Primera, resumiendo el conocimiento de
- Cumplida la audiencia de fundamentación, se procedió al sorteo legal del recurso para la asignación
- Que, ahora bien, conforme se tiene de la relación de tales antecedentes, se llega a
- Que, por otro lado, se tiene asimismo establecido de la revisión de obrados que la
- Que, en cuanto al Auto de Vista impugnado, se establece que recurrido pues el Tribunal
- Toda Resolución judicial debe estar debidamente fundamentada, lo que obliga a todo juzgador a exponer
- La exigencia de la debida motivación de las resoluciones judiciales asume aún mayor relevancia y
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- Libro Tomas de Razón 2/2013
