Que, por otro lado, se tiene asimismo establecido de la revisión de obrados que la
Que, por otro lado, se tiene asimismo establecido de la revisión de obrados que la denuncia efectuada ante este Tribunal de Casación sobre la presunta actividad procesal defectuosa ya fue objeto de un trámite incidental promovido a través del incidente interpuesto mediante el escrito cursante de fs. 527 a 529 por parte del procesado y debidamente resuelto a través de la Resolución incidental formal contenida en el Auto de 24 de agosto de 2009 cursante de fs. 533 a 534 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Distrito Judicial de La Paz sin posibilidad de recurso ordinario ulterior, aspecto que no puede ser desconocido por este Tribunal de Casación retrotrayendo actos procesales y decisorios jurisdiccionales ya cumplidos, máxime si la pretensión del recurrente consiste en que este Tribunal de Casación “anule obrados hasta el vicio más antiguo” (sic.), desconociendo, por un lado, la naturaleza y finalidad jurídica del Recurso de Casación instituido por el sistema procesal penal vigente y, por otro lado, que el proceso penal en Bolivia al no ser formalista sino finalista, no reconoce la posibilidad de disponer la nulidad de obrados con reposición de actuados, correspondiendo en consecuencia declarar infundado el Recurso de Casación interpuesto por el procesado
- Que, la Sentencia condenatoria pronunciada por el Tribunal de Sentencia Cuarto de la Ciudad de
- CONSIDERANDO II: Que, a través del escrito cursante de fs
- Por otro lado, respecto a su Recurso de Casación, alegó que a razón de los
- En mérito de tales motivos, expresando que el Auto de Vista contradice a los precedentes
- CONSIDERANDO III: Que, previa la verificación de los requisitos de admisión del Recurso de Casación
- CONSIDERANDO IV: Que, ingresando a la verificación de la denuncia sobre los presuntos defectos absolutos
- Ahora bien, de la revisión de los antecedentes que conforman el legajo procesal se llega
- Previa verificación de que el procesado en realidad fue legalmente notificado con la Sentencia de
- Cumplidas las diligencias extrañadas el Tribunal de la causa volvió a remitir obrados ante la
- Los miembros de la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de
- Una vez efectivizada la devolución de obrados, la Sala Penal Primera, resumiendo el conocimiento de
- Cumplida la audiencia de fundamentación, se procedió al sorteo legal del recurso para la asignación
- Que, ahora bien, conforme se tiene de la relación de tales antecedentes, se llega a
- Que, por otro lado, se tiene asimismo establecido de la revisión de obrados que la
- Que, en cuanto al Auto de Vista impugnado, se establece que recurrido pues el Tribunal
- Toda Resolución judicial debe estar debidamente fundamentada, lo que obliga a todo juzgador a exponer
- La exigencia de la debida motivación de las resoluciones judiciales asume aún mayor relevancia y
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- Libro Tomas de Razón 2/2013
