Auto Supremo AS/0305/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0305/2013

Fecha: 05-Jun-2013

En cuanto a la vulneración reclamada del derecho a la defensa y al debido proceso,

En cuanto a la vulneración reclamada del derecho a la defensa y al debido proceso, reconocidos por el artículo 115 de la Constitución Política del Estado; cabe señalar que, conforme a la Sentencia Constitucional Nº 1821/2010-R de 25 de octubre, establece en función a su similar 0183/2010-R de 24 de mayo, que el derecho a la defensa se constituye en la: “…potestad inviolable del individuo a ser escuchado en juicio presentando las pruebas que estime convenientes en su descargo, haciendo uso efectivo de los recursos que la ley le franquea. Asimismo, implica la observancia del conjunto de requisitos de cada instancia procesal en las mismas condiciones con quien lo procesa, a fin de que las personas puedan defenderse adecuadamente…”, contemplando para ello: “… i) Al derecho a ser escuchado en el proceso; ii) Al derecho a presentar prueba; iii) Al derecho a hacer uso de los recursos; y, iv) Al derecho a la observancia de los requisitos de cada instancia procesal, que actualmente se encuentra contemplado en el art. 119. II de la CPE…”