Auto Supremo AS/0305/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0305/2013

Fecha: 05-Jun-2013

Reclamó también la errónea interpretación del artículo 477 del Reglamento al Código de Seguridad Social,

Reclamó también la errónea interpretación del artículo 477 del Reglamento al Código de Seguridad Social, atentando al patrimonio del Estado, ya que no se consideró la primera parte de dicho articulado que determina: “las prestaciones en dinero concedidas podrán ser objeto de revisión, de oficio, o por denuncia a causa de errores de cálculo o de falsedad en los datos que hubieran servido de base para su otorgamiento”, concordante con la Ley Nº 2197 modificatoria del artículo 57. III de la Ley Nº 1732 y el artículo 9 del Decreto Supremo Nº 27991 de 28 de enero de 2005