Auto Supremo AS/0324/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0324/2013

Fecha: 20-Jun-2013

En ese sentido, por disposición del artículo 52 de la Ley N° 1178, se eleva

Bajo tal antecedente, cabe precisar que, conforme a lo previsto por el artículo 47 de la Ley 1178 de 20 de julio de 1990, se crea la jurisdicción Coactiva Fiscal para el conocimiento de todas las demandas que se interpongan con ocasión de los actos de los servidores públicos, de los distintos entes de derecho público o de las personas naturales o jurídicas privadas que hayan suscrito contratos administrativos con el Estado, por los cuales se determinen responsabilidades civiles, definidas en el artículo 31 de dicha Ley.
En ese sentido, por disposición del artículo 52 de la Ley N° 1178, se eleva a rango de Ley el Decreto Ley Nº 14933 de 29 de septiembre de 1977, en cuanto corresponde sólo al Procedimiento Coactivo Fiscal, el mismo que se encuentra vigente y rige en tanto entre en vigencia la Ley de Procedimiento Coactivo Fiscal a que se refiere el artículo 51 de la Ley Nº 1178