Auto Supremo AS/0324/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0324/2013

Fecha: 20-Jun-2013

II. 1. Fundamentos jurídicos del fallo

I. 2. Recurso de casación en el fondo y en la forma:
Dicho fallo motivó el recurso de casación que se analiza, interpuesto por Victoria Flores Rollano de Arnez en representación de Mario Arnez Torrico, conforme los fundamentos contenidos en el recurso presentado y cursante a fs. 930-935.
CONSIDERANDO II:
II. 1. Fundamentos jurídicos del fallo:
Que, con carácter previo a resolver el recurso de casación planteado, corresponde tener presente que en ejercicio de la facultad conferida por el artículo 17. I de la Ley Órgano Judicial Nº 025 de 24 de junio de 2010, este Tribunal Supremo tiene la facultad de revisar de oficio los antecedentes del proceso, a objeto de verificar el cumplimiento de los plazos y leyes que regulan su correcta tramitación y conclusión del proceso, para imponer en su caso, la sanción que corresponda o determinar, cuando el acto omitido lesione la garantía constitucional del debido proceso o vulnere norma de orden público, haciendo insubsanables las consecuencias materiales y jurídicas del mismo, la nulidad de oficio, conforme establece el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por permisión del artículo 1 de la Ley de Procedimiento Coactivo Fiscal (LPCF)