Asimismo, de la revisión minuciosa de la demanda se colige que el actor no señaló
En relación al argumento que refiere haberse efectuado una errónea interpretación del Contrato de Trabajo aceptado por ambas partes, no habiéndose valorado además en su cabal dimensión para resolver la controversia los derechos, obligaciones, deberes, remuneración, modalidad de contrato a plazo indefinido, etc., previstos en dicho contrato; se observa que las decisiones asumidas en el Auto de Vista se las realizó previa valoración adecuada del Contrato de Trabajo de fs. 7, habiendo ratificado el Tribunal ad quem precisamente en virtud de dicha valoración, lo establecido en Primera Instancia en sentido que el actor incumplió el contrato de trabajo y que abandonó su fuente de trabajo, sancionándole incluso por no haber dado el preaviso de ley con la anticipación establecida en el artículo 12 de la Ley General del Trabajo, no siendo evidente en consecuencia la falta de valoración de los derechos, obligaciones, deberes, remuneración, la modalidad del contrato, etc., previstos en dicho contrato como se acusa desaprensivamente en el recurso, puesto que todos estos aspectos sí fueron considerados por los Jueces de Instancia a efectos de resolver la litis suscitada.
Asimismo, de la revisión minuciosa de la demanda se colige que el actor no señaló el número de días que hubiese trabajado efectivamente, sino que en forma general indicó que empezó a trabajar el 8 de junio de 2012 y que por falta de pago de sus jornales tuvo que dejar de trabajar el 20 de julio de 2012, demandado el pago de 26 días trabajados en el entendido que los 16 días iniciales se le canceló con los adelantos efectuados, tal como asumieron con acierto los de Instancia, razones por las cuales, tampoco se advierte errónea interpretación de los hechos vertidos en la demanda
Asimismo, de la revisión minuciosa de la demanda se colige que el actor no señaló el número de días que hubiese trabajado efectivamente, sino que en forma general indicó que empezó a trabajar el 8 de junio de 2012 y que por falta de pago de sus jornales tuvo que dejar de trabajar el 20 de julio de 2012, demandado el pago de 26 días trabajados en el entendido que los 16 días iniciales se le canceló con los adelantos efectuados, tal como asumieron con acierto los de Instancia, razones por las cuales, tampoco se advierte errónea interpretación de los hechos vertidos en la demanda
- VISTOS: El recurso de nulidad o casación de fs
- En grado de apelación formulado por los apoderados del demandado (fs
- Dicho fallo motivó el recurso de nulidad o casación de fs
- Asimismo, señaló que se efectuó una errónea interpretación del Contrato de Trabajo aceptado por ambas
- Además, observó que en el Recurso de Alzada se pidió que el Tribunal de Apelación
- También, reclamó que con razones legales y abundante prueba de descargo, se impetró que se
- De otro lado, observó que en forma incorrecta se aplicó en contra del actor el
- Concluyó solicitando que de conformidad al artículo 271
- CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso de nulidad o casación que contiene ciertos argumentos
- En tal sentido, se advierte que el Tribunal ad quem efectuó correctamente el cálculo de
- Asimismo, de la revisión minuciosa de la demanda se colige que el actor no señaló
- En consecuencia, no resulta cierta la vulneración acusada de los artículos 154 y 155 del
- En cuanto a la observación que el Auto de Vista no se pronunció ni definió
- Lo propio ocurre con el reclamo referido a que con razones legales y abundante prueba
- Por otra parte, en referencia a la observación que aduce incorrecta aplicación del pago de
- Ahora bien, definiendo esta diferenciación el artículo 2 de la Ley General del Trabajo, establece
- En este contexto, corresponde precisar que según las
- Según lo anotado, no es posible aplicar al
- Se regula honorario profesional de abogado en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
