Lo propio ocurre con el reclamo referido a que con razones legales y abundante prueba
Lo propio ocurre con el reclamo referido a que con razones legales y abundante prueba de descargo, se impetró que se deje sin efecto el pago de la remuneración injustificada respecto al trabajo de “entubador” reconocido a favor del trabajador y que sin embargo en el Auto de Vista con el mero argumento de aplicarse la inversión de la prueba se obliga a pagar conceptos por un trabajo inexistente, toda vez que no se observó que en el Auto de Vista según el análisis efectuado en el numeral 3. de su segundo considerando, se dejó sin efecto el pago por el trabajo de entubado de 23 días que fue concedido en Primera Instancia, denotando este actuar de la parte recurrente y especialmente de su apoderado causídico un total descuido de la obligación que tiene de revisar cuidadosamente los fallos judiciales emitidos por los Jueces de Instancia, no siendo posible en estas circunstancias atender la supuesta vulneración del artículo 151 del Código Procesal del Trabajo reclamada en base a una argumentación desacertada y fuera de la realidad
- VISTOS: El recurso de nulidad o casación de fs
- En grado de apelación formulado por los apoderados del demandado (fs
- Dicho fallo motivó el recurso de nulidad o casación de fs
- Asimismo, señaló que se efectuó una errónea interpretación del Contrato de Trabajo aceptado por ambas
- Además, observó que en el Recurso de Alzada se pidió que el Tribunal de Apelación
- También, reclamó que con razones legales y abundante prueba de descargo, se impetró que se
- De otro lado, observó que en forma incorrecta se aplicó en contra del actor el
- Concluyó solicitando que de conformidad al artículo 271
- CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso de nulidad o casación que contiene ciertos argumentos
- En tal sentido, se advierte que el Tribunal ad quem efectuó correctamente el cálculo de
- Asimismo, de la revisión minuciosa de la demanda se colige que el actor no señaló
- En consecuencia, no resulta cierta la vulneración acusada de los artículos 154 y 155 del
- En cuanto a la observación que el Auto de Vista no se pronunció ni definió
- Lo propio ocurre con el reclamo referido a que con razones legales y abundante prueba
- Por otra parte, en referencia a la observación que aduce incorrecta aplicación del pago de
- Ahora bien, definiendo esta diferenciación el artículo 2 de la Ley General del Trabajo, establece
- En este contexto, corresponde precisar que según las
- Según lo anotado, no es posible aplicar al
- Se regula honorario profesional de abogado en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
