Auto Supremo AS/0345/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0345/2013

Fecha: 26-Jun-2013

En relación al punto, se tiene que, revisado exhaustivamente el cuaderno procesal, y específicamente la

En relación al punto, se tiene que, revisado exhaustivamente el cuaderno procesal, y específicamente la demanda cursante a fs. 23-26, se advierte que en la misma no se menciona en ningún punto el hecho de que la determinación hubiere sido efectuada sobre base cierta, y menos que ésta se pueda hacer sobre la información de “Agentes Informantes”, razón por la cual no fue analizado este punto y menos resuelto por el Juez a quo en su Sentencia de fs. 90-96, quien en cumplimiento a lo previsto por el artículo 190 del Código de Procedimiento Civil, sólo podía resolver los puntos litigados y en la manera en que ellos fueron demandados por la parte actora, en función a la misma competencia que el propio demandante le otorgó en razón a los puntos controvertidos; en ese sentido, al no haber sido un punto demandado, no fue objeto de pronunciamiento en Sentencia por el Juez a quo y por consiguiente no podía ser objeto de apelación y resolución por parte del Tribunal ad quem, y menos en consecuencia que éste punto sea traído en casación, lo que hace inviable por parte de este Tribunal ingresar en mayor análisis al respecto