Auto Supremo AS/0435/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0435/2013

Fecha: 31-Jul-2013

Asimismo, se observa el reconocimiento que hace el Tribunal ad quem mediante el Auto de

Asimismo, se observa el reconocimiento que hace el Tribunal ad quem mediante el Auto de Vista impugnado, de la cancelación de beneficios sociales al ahora actor por ENDE el 6 de septiembre de 2010,o sea a los 3 meses de la conclusión de la relación laboral con la empresa ahora recurrente, empero, también que la empresa demandada es COSERELEC SA y no ENDE, tal como el Juez a quo estableció con certeza en la Sentencia, correspondiéndole en su calidad de empleador a cubrir las obligaciones sociales emergentes del trabajo efectuado a su favor por el actor, no evidenciándose en consecuencia que el Tribunal ad quem hubiese vulnerado los artículos 3. j) y 158 del Código Procesal del Trabajo