Conforme el recurso de casación interpuesto en el
CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso de casación en el fondo, ingresando a su análisis con relación al Auto de Vista recurrido y a los antecedentes del proceso, se establece lo siguiente:
Conforme el recurso de casación interpuesto en el fondo, se advierte que el mismo versa principalmente sobre la institucionalidad pública que representa la Escuela Militar de Ingeniería y la condición de funcionario público del demandante, de tal forma corresponde efectuar las siguientes consideraciones:
La Escuela Militar de Ingenieros "Mariscal Antonio José de Sucre", posteriormente Escuela Militar de Ingeniería, fue creada por Decreto Supremo Nº 2226 de 26 de octubre de 1950, elevado a rango por Ley Nº 286 de 10 de noviembre del mismo año, estableciendo de tal manera sus fines y funciones, normativa complementada por el Decreto Supremo Nº 2397 de 13 de febrero de 1951
Conforme el recurso de casación interpuesto en el fondo, se advierte que el mismo versa principalmente sobre la institucionalidad pública que representa la Escuela Militar de Ingeniería y la condición de funcionario público del demandante, de tal forma corresponde efectuar las siguientes consideraciones:
La Escuela Militar de Ingenieros "Mariscal Antonio José de Sucre", posteriormente Escuela Militar de Ingeniería, fue creada por Decreto Supremo Nº 2226 de 26 de octubre de 1950, elevado a rango por Ley Nº 286 de 10 de noviembre del mismo año, estableciendo de tal manera sus fines y funciones, normativa complementada por el Decreto Supremo Nº 2397 de 13 de febrero de 1951
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Juez Primero de Trabajo y Seguridad Social
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- En ese contexto reclamó que no se consideró el Decreto Supremo Nº 2226 de fecha
- De otro lado solicitó se tenga presente en calidad de prueba los siguientes documentos: la
- Respecto a la multa del 30% establecida por el Decreto Supremo Nº 28699, reclamo que
- Finalmente señaló que la aplicación de la Ley General del Trabajo a favor de determinados
- Concluyó solicitando casar el Auto de Vista Nº 238/2012 (fs
- Conforme el recurso de casación interpuesto en el
- Dicha institución nace en 1950 con el Decreto
- Así también, conforme el artículo único del Decreto
- Por otra parte, la Ley del Estatuto del
- De tal manera, siendo que la Escuela Militar
- Por otra parte, el reclamo sobre la suscripción
- Al respecto, conforme establece el artículo 1 de
- Finalmente, siendo la legislación laboral de cumplimiento obligatorio,
- Por otro lado con referencia a la invocación
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmando: Dra. Norka N. Mercado Guzmán
- Dr. Antonio G. Campero Segovia
- Ante mí: Dra. Carla Jimena Rivera Taboada
- Secretaria de Sala Social y Administrativa
