Auto Supremo AS/0436/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0436/2013

Fecha: 02-Ago-2013

Por otra parte, el reclamo sobre la suscripción

Por otra parte, el reclamo sobre la suscripción de contratos de trabajo a plazo del actor con la institución demandada, los que no fueron prorrogados tácitamente; se advierte que dichos contratos (fs. 2 y 3) establecen los servicios profesionales del actor como programador del CIEMI de la Escuela Militar de Ingeniería desde 1 de abril hasta el 30 de junio de 1997, y del 1 de julio al 31 de diciembre de 1997; que durante la validez del tercer contrato que tenía vigencia a partir del 1 de enero al 30 de junio de 1998 (fs.36) se comunicó al actor mediante Memorándum Secc. Pers. Nº 013/98 la asignación del ITEM Nº 010 para la realización de las mismas labores para las que fue contratado inicialmente; es decir, como Programador del CIEMI, trabajo que desempeñó hasta el 15 de septiembre de 2008 fecha en la que renunció conforme consta de la carta que cursa a fs. 5 de obrados