Auto Supremo AS/0509/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0509/2013

Fecha: 29-Ago-2013

En relación a los demás puntos recurridos, como es la errónea interpretación de los artículos

En relación a los demás puntos recurridos, como es la errónea interpretación de los artículos 6 de la Ley General del Trabajo y 2 del Decreto Ley Nº 16187, así como el artículo 10. I del Decreto Supremo Nº 28699 de 1 de mayo de 2006, finalmente la violación del artículo 21 de la Ley General del Trabajo y el artículo 59 del Código Procesal del Trabajo, en relación con el artículo 48. II de la Constitución Política del Estado, al no haberse desvirtuado la decisión del Juez A quo, por el Tribunal ad quem, ya que la relación legal y los hechos señalados en el fallo recurrido, serían más bien favorables a la realidad histórica de los hechos y que no se habría tomado en cuenta que continuó trabajando conforme se determinó en Sentencia, y con ello se generó la tácita reconducción del contrato, como se demostraría en la prueba y antecedentes procesales; se observa, que todos estos aspectos se encuentran referidos a la cuestión de fondo que hace a la reincorporación laboral impetrada por la actora, y denegada en apelación por el fallo hoy recurrido, bajo el fundamento que, la demandante conocía desde el primer momento de la relación laboral, la fecha cierta y concreta de la conclusión de los contratos (2), habiendo por ello firmado la nota interna Nº 964/2009 de fs. 23, coligiendo que la disolución de la relación laboral, en el caso, se produjo a causa de la conclusión del contrato que fue puesto en conocimiento de la trabajadora con una semana de anticipación a su término