Auto Supremo AS/0240/2013-RCC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0240/2013-RCC

Fecha: 30-Sep-2013

El recurrente solicitó se declare procedente el recurso, en consecuencia se anule el Auto de


El recurrente denunció que la Sentencia no cuenta con fundamentación probatoria en sus elementos intelectivo y sobre todo descriptivo. Y luego de realizar una exposición de lo que constituye el deber de fundamentación de toda resolución, con la mención del art. 169 inc. 3) del CPP, señaló que la exigencia de fundamentación debida es una garantía constitucional de justicia, que permite conocer a los interesados las razones que justifiquen el fallo y decidir su aceptación o caso contrario impugnarlos.

Con dichos fundamentos, el imputado invocó el Auto Supremo 307 de 11 de junio de 2003, que estableció como doctrina legal que en ningún fallo puede existir incongruencia o contradicción; también invocó el Auto Supremo 438 de 24 de agosto de 2007, que señaló como doctrina legal aplicable que si el Tribunal de apelación advierte que falta o existe contradicción en la fundamentación de la Sentencia apelada, es su deber corregir o complementar el fundamento jurídico aludido, correspondiendo que en el caso analizado, la nulidad total de la Sentencia y la orden de reenvío.

I.1.2. Petitorio

El recurrente solicitó se declare procedente el recurso, en consecuencia se anule el Auto de Vista impugnado y se ordene la emisión de nuevo Auto de Vista que disponga la nulidad del juicio oral