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    Auto Supremo AS/0477/2014
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0477/2014

    Fecha: 03-Oct-2014

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    • Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fue interpuesto en Autos,
    • Que, ante la Sentencia, Natividad Nina Sepeda, mediante memorial de fs
    • Que, del estudio del Recurso de Casación, se establece como motivos del mismo los siguientes
    • Desde esta perspectiva, hace referencia al art
    • Petitorio
    • De la Invocación del Precedente Contradictorio
    • Se define a la Casación, como un instrumento político-jurídico que tiene una doble finalidad: por
    • De ahí según prevé el artículo 416 del Código de Procedimiento Penal, el Recurso de
    • Que, de conformidad al Auto Supremo Nº 389 de 18 de Septiembre de 2014, se
    • Sin embargo a ello, no correspondía asumir una medida tan radical como es la anulación
    • Al respecto el Tribunal de Alzada no tomó en cuenta que desde el punto de
    • Los errores o inobservancias del procedimiento, serán calificados como lesivos a la Garantía del debido
    • En ese orden el Auto de Vista recurrido, al haber anulado totalmente la Sentencia, con
    • Un entendimiento diferente como el del Auto de Vista recurrido, genera indefectiblemente retardación de justicia
    • DOCTRINA LEGAL APLICABLE
    • De acuerdo a la uniforme jurisprudencia, la valoración de los hechos como de la prueba
    • La interpretación de la legalidad ordinaria es labor de los Jueces, quienes deben concebir un
    • Que, la Apelación Restringida, como medio legal permite impugnar errores de procedimiento o de aplicación
    • Se debe dar cumplimiento a lo establecido por el art
    • Un fallo dictado sin la observancia de las reglas del debido proceso y las garantías
    • POR TANTO
    • En aplicación del art
    • Primera Magistrada Relatora: Dra. Silvana Rojas Panoso.- (Voto Disidente por Minoría)
    • Segunda Magistrada Relatora: Dra. Ma. Lourdes Bustamante R.

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