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2.- En cuanto a la acusación relativa al error de hecho y error de derecho, en la que sostiene que la prueba de fs. 1 a 11, 45 a 47, 48 a 69, 94 a 96 y 754 a 760, que señalaría que la actora es propietaria de una parcela de 6.7193 Has. Cuyos límites se encuentran en el plano de ubicación de fs. 8, 48 a 50, informes técnicos de fs. 61, 62, 66 y la sentencia del Juzgado móvil agrario de fs. 63 a 64. Refiere que los límites y colindancias constan en fs. 51, 8, 61, 66, 96. Así como los planos de fs. 754, 755 a 757 y la certificación elaborada por la Arq. Isabel I. Vera de fs. 759 a 760, acusando simultáneamente la infracción de los arts. 397 y 375 del Código de Procedimiento Civil, y los arts. 1283 del Código Civil, art. 397 de su procedimiento. Por otra parte, manifiesta que en el caso de autos se tiene demostrado el título de propiedad y la pérdida de la posesión, conforme a las documentales de fs. 111 a 121, 132 a 141, 142 a 146, 147 a 152, 303 a 384 y los de fs. 56 a 59. Asimismo refiere que de acuerdo a la prueba de fs. 111 a 121, 142 a 146, 147 a 152, 303 a 384 del expediente demuestran que el inmueble se encuentra detentado por los demandados, acusa simultáneamente infracción de los arts. 1287, 1289, 1296 y 1311 del Código Civil
- Auto Supremo: 582/2014
- Sucre: 10 de octubre 2014
- Partes: Teresa Bañón Vaca. c/ Ingrid Vaca Coimbra y otros
- Proceso: Reivindicación y otros
- Distrito: Santa Cruz
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Sentencia que fue recurrida de apelación y resulta mediante Auto de Vista que cursa de
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Reitera el contenido de las documentales y testificales referidas precedentemente y señala que contradictoriamente la
- Por otra parte señala que se ha dictado Sentencia en hechos que no son parte
- Por lo expuesto solicita que en base al recurso de casación en la forma y
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Corresponde señalar que el art
- Para efectuar la evaluación de los argumentos sobre el fondo del recurso corresponde previamente señalar
- Dicho instituto, establecido en base al art
- Ahora ingresando a considerar los argumentos del recurso de casación se tiene lo siguiente
- Corresponde señalar que en Sentencia el Juez de la causa, como consta a fs
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- Consiguientemente no se advierte infracción de los arts
- Por lo expuesto corresponde emitir fallo conforme al art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
