2.Inexistencia de prueba que demuestre la posesión continuada
2.Inexistencia de prueba que demuestre la posesión continuada:
a) Por la declaración testifical de fs. 84-85, los testigos no declararon de forma uniforme: de Antonio Coca Parada, no solicitaron su domicilio o dirección precisa, el de su cedula de identidad es impreciso para demostrar que vive en la misma calle que la demandante, señaló que el inmueble está ubicado en la Mzna. 144 lote 16, y no precisó la superficie. De Elsa Zeballos Antezana y Margarita Balcázar Coimbra, sus cédulas no señalan como domicilio, ni siquiera el barrio, no pueden saber lo que sucede en un barrio que no conocen, señalando como ubicación del terreno la UV. 144 Mzna. 16, lote 16, datos errados.
b) La demandante se ratificó en la prueba documental ofrecida en su demanda principal, las demás pruebas no debieron ser consideradas en Sentencia como prueba de cargo, el Juez debió limitarse
a) Por la declaración testifical de fs. 84-85, los testigos no declararon de forma uniforme: de Antonio Coca Parada, no solicitaron su domicilio o dirección precisa, el de su cedula de identidad es impreciso para demostrar que vive en la misma calle que la demandante, señaló que el inmueble está ubicado en la Mzna. 144 lote 16, y no precisó la superficie. De Elsa Zeballos Antezana y Margarita Balcázar Coimbra, sus cédulas no señalan como domicilio, ni siquiera el barrio, no pueden saber lo que sucede en un barrio que no conocen, señalando como ubicación del terreno la UV. 144 Mzna. 16, lote 16, datos errados.
b) La demandante se ratificó en la prueba documental ofrecida en su demanda principal, las demás pruebas no debieron ser consideradas en Sentencia como prueba de cargo, el Juez debió limitarse
- Partes: Eduarda Burgos Moreno. c/ José Guzmán Bernal y Otros
- Proceso: Usucapión Decenal o Extraordinaria
- Distrito: Santa Cruz
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Sustanciado el proceso en primera instancia, el Juez Décimo Segundo de Partido en materia Civil-Comercial
- En apelación, la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante
- HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- En Sentencia se ocultaron varias diligencias como es la falta de participación de la Alcaldía
- En el Fondo
- 2.Inexistencia de prueba que demuestre la posesión continuada
- c) Las certificaciones de fs
- En la Forma
- De otro lado, señala que no se citó a la Alcaldía Municipal, con la demanda
- El recurrente alega no haberse valorado la prueba existente en el proceso
- c)La demandante no participó en ninguna actuación, no cursa su firma en ningún acta del
- En el siguiente agravio señala que al no coincidir los datos del domicilio consignados en
- Por lo referido precedentemente, podemos concluir señalando que en el sub lite, conforme a la
- Por lo anteriormente señalado, corresponde resolver en la forma prevista en el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Se regula el honorario profesional en Bs.1.000
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran.
