Auto Supremo AS/0336/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0336/2014

Fecha: 10-Nov-2014

En el caso de autos, consta que sí existió la relación laboral, toda vez que

En el caso de autos, consta que sí existió la relación laboral, toda vez que se evidencian en el marcado de asistencia de entrada y salida (fs. 11 a 16), el certificado de trabajo y salario percibido (fs. 6), y por la prueba testifical de cargo (fs. 37 a 39 y 51), lo que demuestra que hubo relación de dependencia y subordinación y no las características del consultor como refiere la entidad recurrente, porque se enmarca dentro lo establecido por el art. 12 de la Ley General del Trabajo y de los arts. 1 y 2 del Decreto Supremo Nº 16187 de 16 de febrero de 1979, en el entendido que se suscribió dos contratos en actividades propias de AASANA Regional Beni, tornándose en indefinida la relación laboral, conforme determinó con mejor criterio el tribunal de alzada, en base a la valoración de las pruebas ofrecida por las partes, en sujeción a lo dispuesto por el art. 3-j) y 158 del Código Procesal del Trabajo