Señala que, las boletas de pago, finiquito y la nota de aviso de abandono de
Señala que, las boletas de pago, finiquito y la nota de aviso de abandono de trabajo, evidencian clara y contundentemente que los pagos demandados por vacaciones, indemnización, aguinaldo le fueron cancelados, excepto el concepto de desahucio, pero porque no corresponde en su pago; aclara que por circunstancias externas no pudo presentarlas, sin embargo la ofreció en el recurso de apelación y la ratificó en la mejora de alzada en segunda instancia, amparado en el art. 232.I del CPC y 208 del CPT procedió a adjuntar para enervar la demanda. Señala que, el Ad quem no está eximido de poder valorar dicha prueba, porque al igual que el A quo, funge las prerrogativas jurisdiccionales de valorar nuevamente la prueba aportada en dicha instancia no solo como potestad sino como obligación, el no valorarlas demuestra la equivocación manifiesta del juzgador porque estas constituyen pruebas decisivas y contundentes de pago y aceptación
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- Sobre la acusación planteada por el recurrente, referida a que el Tribunal de apelación, no
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- Es evidente que el art
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- Bajo dicho contexto al ser manifiesta la desigualdad existente entre el trabajador y el empleador
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- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
