Auto Supremo AS/0637/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0637/2014

Fecha: 06-Nov-2014

ANTECEDENTES DEL PROCESO


VISTOS: El recurso de casación en la forma de fs. 112 a 115 y vta., interpuesto por Gobierno Autónomo Municipal de La Paz representado por Carmen Alejandra Castro Arteaga, contra el Auto de Vista Nº 145/2014 de 23 de abril de 2014 pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, de fs. 107 a 108 y vta., en el proceso de extinción de la obligación por prescripción, seguido por Matilde Mamani Quispe contra Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, la respuesta al recurso de fs. 118 a 119, la concesión del recurso de fs. 122, y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
La Juez de Partido Sexto en lo Civil y Comercial de la ciudad de La Paz, dicta Sentencia Nº 129/2011 de 01 de junio de 2011, cursante de fs. 39 a 40 de obrados, declarando Probada la demanda interpuesta de fs. 11 a 12 por Matilde Mamani Quispe, declarándose en consecuencia operada la prescripción extintiva de la obligación en su favor y se dispone que en ejecución del presente fallo se proceda por ante el Registro de Derechos Reales de La Paz, a la cancelación del gravamen correspondiente.
Resolución de Segunda instancia que es recurrida de apelación por la parte demandada Gobierno Autónomo Municipal de La Paz representado legalmente por Carlos Andrés Suárez Ibáñez por escrito de fs. 42 a 43 y vlta., que merece el Auto de Vista Nº 146/2012 de 24 de abril de 2012, cursante de fs. 61 y vta., que anula obrados hasta fs. 50 vta., inclusive para que la A quo rectifique procedimientos; Auto de Vista Nº 145/2014 de 23 de abril de 2014, cursante de fs. 107 a 108 y vta., que Confirma y Aprueba la Sentencia Nº 129/2011 de 01 de junio de 2011. Resolución de Alzada que es recurrida de casación en la forma por el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz representado por Carmen Alejandra Castro Arteaga, que merece el presente análisis