Auto Supremo AS/0663/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0663/2014

Fecha: 20-Nov-2014

3)Bajo el acápite “REFERENTE A LA PRESENTACIÓN DE LA PRUEBA PERIAL POR SER FOTOCOPIA” (sic),


Por lo señalado, sostienen que la decisión de nulidad de la Sentencia y de retrotraer el proceso hasta un nuevo juicio, vulnera los derechos de la víctima, debido a la revictimización ante la nueva declaración que deberá prestar en otro juicio oral, vulnerando sus derechos a la dignidad, a la justicia, a la igualdad jurídica y principalmente, a los principios de consideración primaria y del principio del interés superior del niño. También invocan la Sentencia Constitucional “N40 2260/2013” (sic), el Auto Supremo 114/2010 y la Resolución 40/34 de la Asamblea General de la Órganización de las Naciones Unidas (ONU), luego transcriben in extenso los arts. 60, 113.I, 115.II de la Constitución Política del Estado (CPE), 213, 214, del Código Niño Niña y Adolescente (CNNA), 145 y 148 del nuevo CNNA, 12 del CPP y hacen referencia a normativa internacional como la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el art. 3 de la Convención sobre los derechos del Niño.

2)Con el título “ERRONEA INTERPRETACIÓN DE LA SENTENCIA DE FECHA 27 DE SEPTIEMBRE DE 2013 REFERENTE A LA VALORACIÓN DE LA PRUEBA” (sic), los recurrentes acusan de errónea la interpretación del Auto de Vista impugnado, al sostener que la Sentencia anulada no realizó una apreciación de cada elemento de juicio individualmente y en conjunto, no otorgó el valor correspondiente a las pruebas, ni estableció de qué forma ayudaron a arribar a las conclusiones contenidas en la Sentencia, que en todo caso fue emitida con todas las formalidades que refiere la Sentencia Constitucional (SC) 65/2012, porque cuenta con la fundamentación fáctica, analítica o intelectiva y jurídica, conforme se advierte en el considerando IV, donde se encuentra la fundamentación intelectiva del certificado médico forense y de la declaración de la víctima.

3)Bajo el acápite “REFERENTE A LA PRESENTACIÓN DE LA PRUEBA PERIAL POR SER FOTOCOPIA” (sic), acusan que es equivocada la decisión del Tribunal de alzada de anular la sentencia, bajo el argumento que se le negó -se entiende- al imputado la introducción de fotocopias de una pericia, cuando en realidad simplemente se trataba de una mera pericia que no iba a desvirtuar los fundamentos de la médico forense, más cuando la defensa tuvo el tiempo necesario para obtener la legalización o presentar el original de la referida prueba